Accionistas

Acciones y Dividendos

El área de Acciones y Dividendos resolverá las dudas e inquietudes a todos los accionistas en la línea (04) 5012200 extensión 114020 o a través del correo electrónico atencion.accionistas@ab-inbev.com    
Ten en cuenta para:

1. TRANSFERENCIA DE ACCIONES POR VENTA

Cervecería Nacional CN S.A. se encuentra inscrita en el Registro de Mercado de Valores y en las Bolsas de Valores. Por lo tanto, los títulos de acciones deben ser negociados a través de una Casa de Valores, como intermediario autorizado.     

En consecuencia, cedente y cesionario deben acudir a una Casa de Valores para que se realice la operación bursátil. La Casa de Valores se encargará de remitir todos los documentos a la Cervecería Nacional para que se perfeccione la transferencia y sea registrada en el Libro de Acciones y Accionistas.     

 

DOCUMENTOS REQUERIDOS:


1.1 Título en el cual conste la cesión en su reverso. 

1.2 Carta de cesión suscrita por cedente y cesionario, y sus cónyuges de ser el caso. El formato lo puedes solicitar en la recepción de nuestras oficinas, descargarlo en la parte final de esta página o solicitarlo al correo atencion.accionistas@ab-inbev.com. 

1.3 Fotocopias de los siguientes documentos: 

1.3.1. Las cédulas y certificados de votación a color de las personas involucradas en caso de ser personas naturales ecuatorianas. 

1.3.2. Pasaporte a color de las personas involucradas en caso de ser personas naturales extranjeras. 

1.3.3. RUC de las compañías involucradas en caso de ser personas jurídicas y las cédulas y certificados de votación de sus representantes legales en caso de ser personas jurídicas locales. 

1.3.4. Certificado de existencia legal, Poder del Apoderado local y documento de identificación (cédula y certificado de votación o pasaporte de ser el caso) del Apoderado. 

1.4 Liquidación de bolsa. 

1.5. Certificado bancario del cesionario..

 

2. TRANSFERENCIA DE ACCIONES POR SUCESIÓN (CUANDO EL ACCIONISTA HA FALLECIDO)

Si un accionista fallece, y no ha dejado testamento, sus herederos pueden solicitar la Declaración de la Posesión Efectiva de sus acciones ante un notario o juez de lo civil; así podrán percibir los dividendos que generen dichas acciones. Con la posesión efectiva no se le otorga la propiedad de los bienes del fallecido a sus herederos, sino su posesión en virtud de este estado “proindiviso” en el que se encuentran; de modo que esta no es más que una declaración de los herederos en la cual expresan que lo son. Adicionalmente, los herederos deberán designar, mediante escritura pública, un apoderado especial, para que en la cuenta bancaria de esta persona se depositen los valores provenientes de dividendos. Distinta es la partición, que suele hacerse de manera posterior o en el mismo acto que la posesión efectiva. La partición puede hacerse de manera judicial o extrajudicial (ante un notario). Con la partición esos bienes dejan de estar en ese estado “proindiviso” y pasan a ser de propiedad de uno u otro heredero dependiendo de lo que en dicha partición se estipule. 

 

DOCUMENTOS REQUERIDOS:


2.1 Títulos originales del accionista fallecido. 

2.2 Declaración original de Posesión Efectiva. 

2.3 Documento de partición judicial o extrajudicial, tan pronto se cuente con ella. 

2.4. Poder especial, en el cual se debe incluir datos completos, dirección domiciliaria, correo electrónico y número de teléfono del apoderado especial y de todos los herederos. 

2.5 Certificado bancario del apoderado especial. 

2.6 Fotocopias a color de las cédulas de cada uno de los herederos incluyendo las huellas del índice y pulgar derechos y su correspondiente certificado de votación.

 

3. TRANSFERENCIA DE ACCIONES POR DONACIÓN

Para inscribir una donación de la propiedad de acciones de de Cervecería Nacional, es necesaria la entrega de los siguientes documentos: DOCUMENTOS REQUERIDOS: 

3.1. Títulos originales donados. 

3.2. Carta de cesión suscrita por donante y donatario, y sus cónyuges de ser el caso. El formato lo puedes solicitar en la recepción de nuestras oficinas, descargarlo en la parte final de esta página o solicitarlo al correo atencion.accionistas@ab-inbev.com. 

3.3. La insinuación notarial original en caso de que la donación exceda los USD 800.00. 

3.4. La declaración y el pago del impuesto, correspondiente a dicha donación. 

3.5. Fotocopias de las cédulas a color de las personas involucradas y su respectivo certificado de votación o pasaporte en caso de ser extranjero. 

3.6. Certificado bancario del donatario.

 

4. DUPLICADO DE TÍTULO POR PÉRDIDA

En caso de pérdida del título de acciones, puede solicitar la emisión de un duplicado para lo cual necesita entregar los siguientes documentos: DOCUMENTOS REQUERIDOS: 

4.1 Declaración juramentada otorgada ante notario que pruebe la pérdida del título. 

4.2 Original de tres publicaciones que se hagan en uno de los diarios de mayor circulación en Guayaquil en las que se haya informado el título extraviado número y cantidad de acciones, mediando siete días calendario entre cada publicación. 

4.3 Fotocopia de la cédula a color del accionista y su certificado de votación. *Transcurrido el término de ocho días desde la última publicación, y no habiendo oposición de parte interesada, se procederá a la anulación solicitada y a la emisión del correspondiente duplicado. En caso de oposición de terceros, la controversia o reclamo podrá ser sometida a arbitraje, conforme a la Ley de Arbitraje y Mediación, o se ventilará ante la justicia ordinaria. Mientras esté pendiente su resolución, la emisora se abstendrá de anular el título respectivo y sus pagos de capital, y los dividendos e intereses se mantendrán en suspenso, hasta que se dicte la resolución o se ejecutoríe la sentencia. Igual suspensión de pagos se aplicará cuando, después de la emisión del duplicado y siempre que no haya prescrito la acción correspondiente, se presentaren reclamos.

 

5. FRACCIONAMIENTO DE TÍTULO

Si usted desea dividir las acciones representadas en un título, puede solicitarlo al área de Acciones y Dividendos de la compañía, mediante un oficio en el que conste la forma en la que desea realizar el fraccionamiento. Deberá adjuntar: 

 

DOCUMENTOS REQUERIDOS:


5.1 Comunicación indicando la forma en la que se desea fraccionar el número, siendo siempre números enteros. El formato lo puedes solicitar en la recepción de nuestras oficinas, descargarlo en la parte final de esta página o solicitarlo al correo atencion.accionistas@ab-inbev.com 

5.2 El título original a ser fraccionado. 

5.3 Fotocopia a color de la cédula y su certificado de votación.

 

6. SI TIENE UN TÍTULO DE CERVECERÍA ANDINA O COMPAÑÍA DE CERVEZAS NACIONALES, ¿CÓMO CANJEARLO?

 

DOCUMENTOS REQUERIDOS:

     
6.1. Comunicación solicitando el canje de título. El formato lo puedes solicitar en la recepción de nuestras oficinas, descargarlo en la parte final de esta página o solicitarlo al correo atencion.accionistas@ab-inbev.com 

6.2 El título original que desea canjear. 

6.3 Fotocopia de la cédula incluyendo las huellas del índice y pulgar derecho.

7. JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

DOCUMENTOS REQUERIDOS:     
De conformidad con la ley ecuatoriana, en el mes de marzo de cada año, se convocará mediante aviso de prensa y correo electrónico la fecha y lugar de la junta ordinaria de accionistas. *Las solicitudes que impliquen entrega de documentos en original podrán radicarlos en correspondencia en nuestras oficinas en Guayaquil - Via a Daule Km 16,5 y Calle Cobre y en Quito Av. Francisco de Orellana, Parroquia Cumbaya a nombre de Acciones y Dividendos.

 

RECOMENDACIONES GENERALES

DOCUMENTOS REQUERIDOS:

- Recuerda que toda compañía extranjera que fuere accionista de una compañía ecuatoriana deberá contar con un apoderado local. Recuerda que en todo acto de disposición de acciones en el cual intervenga una persona de estado civil casado, necesita del consentimiento de su cónyuge, a menos que cuente con separación de bienes, capitulaciones matrimoniales o poder especial de disposición respecto de las acciones de las cuales desea disponer. Por lo anterior, cada vez que sean requeridos os documentos de una persona casada para uno de los trámites antes mencionados, la persona deberá remitir ya sea los documentos de su cónyuge o la escritura en la cual conste la correspondiente separación de bienes, capitulación matrimonial o poder especial de disposición de bienes.